Organizaciones de prensa se oponen a nueva ley que regule actividad periodística
el 9 mar En: POLITICA Y DEMOCRACIA NUEVA CONSTITUCION - sin comentarios
Publicado por: La Patria (Oruro - Bolivia)
Respaldan plena vigencia de la Ley de Imprenta
La Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), la Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CTPB), la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) y la Asociación de Radiodifusoras de Bolivia (Asbora), no respaldarán ninguna iniciativa que pretenda elaborar una nueva ley que regule la actividad periodística.
Un comunicado conjunto de estas organizacaiones, firmado por sus principales dirigentes reitera la plena vigencia de la Ley de Imprenta de 1925 y su defensa.
El comunicado dice:
Las organizaciones periodísticas abajo firmantes, en conocimiento de la existencia de iniciativas destinadas a elaborar y/o apoyar una eventual Ley destinada a regular a los medios de comunicación social, hacen conocer a la opinión pública lo siguiente:
1.- La Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en su Art. 19, señala: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. Este derecho incluye en no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".
2.- El punto 1 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, señala: "La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática".
3.- La Constitución Política del Estado, en los puntos 5 y 6, del artículo 21 expresa: Las bolivianas y bolivianos tienen los siguientes derechos: "a expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación de forma oral, escrita, o visual, individual o colectiva". "A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva". En el punto 2 del artículo 107, sostiene: "La información y las opiniones emitidas a través de los medios de comunicación social deben respetar los principios de veracidad y responsabilidad. Estos principios se ejercerán mediante las normas de ética y autorregulación de las organizaciones de periodistas y medios de comunicación y su ley".
4.- En tal sentido, las organizaciones representantes del periodismo boliviano se mantienen firmes en la defensa de la libertad de expresión en los términos que establecen los instrumentos mencionados y ratifican su respeto y defensa de la Ley de Imprenta de 1925.
5.- Por lo tanto, cualquier iniciativa individual o colectiva, que pretenda elaborar una nueva ley que regule la actividad periodística, carecerá del respaldo de nuestras instituciones.
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