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19 Enero 2009

Debate por derecho a la vida es el más sensible

Publicado por: El Deber (Santa Cruz - Bolvia)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Debate por derecho a la vida es el más sensible

 

Beatriz Ávalos y Pablo Ortiz

El artículo 15 del nuevo texto constitucional, que se refiere al derecho fundamental a la vida, es uno de los temas más polémicos, pues mientras unos creen que se deja una puerta abierta para la legalización del aborto, otros rechazan esa interpretación y más bien consideran que este punto es mal utilizado para descalificar el proyecto de Constitución Política del Estado por el que se deberá votar el domingo.

El tema del derecho a la vida fue uno de los más discutidos en el foro sobre Derechos y Garantías en el proyecto de Constitución, realizado por EL DEBER, el jueves pasado. Participaron Guadalupe Pérez, representante de Colectivo Rebeldía; Agustín Aguilera, de la Asociación Nacional de Evangélicos de Bolivia; Roxana Zaconeta, experta en derechos y género de la Repac; y Hugo Achá, de Human Rights Foundation Bolivia.

Aguilera, que además de abogado es pastor, asegura que el nuevo proyecto de Constitución no protege la vida del ser humano que está por nacer, porque en ninguna parte del documento se señala el derecho a la vida desde la concepción. "Cuando no se protege un derecho, como es el caso de un no nacido, a través de leyes, se dejan las condiciones abiertas para que sí se apruebe el aborto mediante ley", manifestó.

En criterio de Aguilera, el texto constitucional abre las puertas para el aborto y también para la eutanasia. "Creo que más que una reivindicación es una destrucción de la sociedad como tal, porque una sociedad que no protege la vida está destinada a desaparecer", añadió.

Esta apreciación es compartida por la Iglesia católica, que mediante un pronunciamiento divulgado el jueves pasado señaló que el no reconocer el derecho a la vida desde la concepción representa ‘un retroceso' respecto a las normas nacionales e internacionales. Y agrega: "Para la fe cristiana este principio es irrenunciable, ya que Dios es autor de la vida y solo él puede darla y quitarla. La no clarificación de este derecho podría abrir el camino a la legalización del aborto".

Sin embargo, Pérez asegura que el nuevo proyecto de Constitución no aprueba la legalización del aborto. Además, recuerda que en Bolivia el aborto está permitido en casos específicos, como la violación o que la vida de la mujer esté en riesgo, tal como lo contemplan los artículos 66, 67, 68 y 69 del Código Penal. "Quiero decir que en ninguna asociación de mujeres feministas, de las que orgullosamente soy activista, propusimos que en el texto constitucional se incluya el tema de la despenalización del aborto que, dicho sea de paso, provoca muerte y sufrimiento de mujeres y de familias, y que no resuelve el problema para nada. Además, ¿quién conoce un caso de aborto y lo ha denunciado? Si fuera así, las cárceles estuvieran repletas de mujeres", expresó.

Finalmente, Pérez lamentó que el tema del aborto sea, según su consideración, utilizado para la confrontación político-partidaria.
Por su parte, Zaconeta recordó que la actual Constitución Política del Estado contempla el derecho a la vida a secas y que el tema de la concepción tiene que ver con otro tipo de intereses que afectan a la salud pública de las mujeres. "Es lamentable que este tema se esté utilizando con una serie de videos, donde se descalifica el sentido y la esencia del derecho a la vida", acotó.

En el foro que organizó EL DEBER también salieron a relucir otros artículos del proyecto de la nueva Constitución.
Hugo Achá planteó observaciones para varios de ellos, como el 124, 135 y 411, pero también criticó el hecho de que en el preámbulo se pierde el concepto de lo que es República. 

"De manera imprescindible, una Constitución debe tener tres características: universalidad, equidad y estabilidad, y ninguno de estos tres puntos están garantizados en el proyecto", expresó.
Achá añadió que la reforma total de la CPE se la está dejando en las manos de una sola persona, el Presidente de la República; pero para Zaconeta, la garantía de estabilidad  del texto es que todo cambio a la Constitución debe pasar necesariamente por un referéndum.

Dios y la Pachamama, en la campaña
La libertad de religión también salió a la palestra. Para Agustín Aguilera, hay una contradicción entre el artículo 4 y el 30 de la propuesta de CPE. Por un lado, el primero establece que el Estado es independiente de la religión, pero en el inciso segundo del artículo 30, dice: "El Estado garantiza, respeta y protege los derechos de las naciones y pueblos indígenas originario campesino consagrado en esta Constitución". Como el derecho a la religión y de creencias espirituales es uno de esos derechos, Aguilera considera que se está oficializando dicha religión en detrimento de la cristiana.

"El texto dice que el Estado es independiente de las religiones, pero omite señalar en esa independencia a las creencias espirituales. Entonces, el Estado no es independiente de las creencias espirituales", aseveró.

Añade que esto se consolida en el numeral cinco del inciso II del artículo 30, que señala que las instituciones indígenas forman parte del Estado.

Guadalupe Pérez considera que se reniega de otras civilizaciones que no son iguales a la occidental y que cuando se refieren a otras cosmovisiones, creencias y formas de espiritualidad, no se las pone al mismo nivel que una religión, como la cristiana o la católica.
Por su parte, Zaconeta señala que la intención del artículo 4 es romper la relación entre la Iglesia y el poder político.

Sobre la constitucionalización de las religiones indígenas como oficiales, aseguró que lo que se incorpora al Estado son las instituciones políticas de los pueblos indígenas, no las religiones.

    Frases   

"Los indígenas y mujeres que antes éramos actores invisibles, ahora estamos reflejados en el proyecto de CPE".
Roxana Zaconeta

"No se protege la vida del no nacido y se deja las puertas abiertas para el asesinato. Significa la destrucción de la sociedad".
Agustín Aguilera

"Es mentira que el texto constitucional establezca el aborto. El aborto está permitido en el país desde la década de los 70".
Guadalupe Pérez

   Para que conste en acta  

«El texto en manos de un individuo»
Hugo A. Achá / Human Rights Foundation-Bolivia
Pareciera que si se aprueba el proyecto de CPE, vamos a dejar una Constitución oligárquica, racista, excluyente, vende patria, entreguista. La CPE que vamos a abandonar es la única Constitución nacida del único y verdadero proceso revolucionario social que ha vivido este país y que fue la Revolucion del 52. Si trasladamos el péndulo de los abusos y exclusiones de un determinado sector a otro y lo convertimos en parámetros de distinción y categorización ciudadana, lo que estamos haciendo es agudizar la contradicción e invitando al conflicto.
Me parece que no debe ignorarse el hecho de que en la propuesta de CPE se entrega la atribución discrecional  de la reforma total a un solo individuo, el Presidente.

«Lo que era invisible ahora se refleja»
Roxana Zaconeta / Exp. en derecho y género- Repac
El catálogo de derechos es la estrella de la CPE y recoge ese sentir de los distintos sectores de la ciudadanía, que demandaron sus propuestas al interior de la Constituyente, no sólo con presencia desde sus movilizaciones y las organizaciones que las representaban, sino también con su participación en foros que se realizaron en los nueve departamentos. Las personas con mandato en la Asamblea llegaron a todo el país para recoger demandas.
Esa riqueza fue recogida en más de 7.900 propuestas, las cuales fueron sistematizadas y distribuidas a las diferentes comisiones.
Gracias a ello, tenemos un catálogo de derecho que incorpora el reconocimiento a las distintas demandas de los sectores de la población, sobre todo de mujeres e indígenas.  Aquellos que éramos invisibles hoy estamos reflejados en el nuevo texto constitucional.

«El nuevo texto nos discrimina»
Agustín Aguilera / As. Nal. de Evangélicos de Bolivia
Nosotros (iglesias cristianas protestantes) hemos sido un grupo discriminado desde la fundacion de la República, tanto así que la evangelización de nuestra fe un tiempo era delito.
Pero también es cierto que nosotros continuamos sintiéndonos discriminados en el nuevo texto, porque justamente no se respeta la universalidad, que es un principio constitucional fundamental para establecer un Estado de derecho general. Desde el momento en que entramos a la especificidad de ciertos sectores, a título de reinvidicación, caemos en la discriminación. Por ejemplo, cuando hablamos de derechos colectivos, nos estamos refiriendo sólo a un sector y no a la sociedad en su conjunto.
A partir de ello estamos generando las condiciones fundamentales, esenciales para una confrontación entre los ciudadanos.

«La CPE incluye nuestras demandas»
Guadalupe Pérez / Colectivo Rebeldía
Me he involucrado en la construcción de las propuestas de los colectivos y en la negociación con todos los sectores políticos.
Hemos comprobado que una buena parte de las demandas que teníamos habían sido contempladas en esta carta de derechos. Para los activistas de los derechos humanos, la CPE tiene una concepción de los derechos como nos gusta. En particular para las mujeres, no resiste una discusión llevar a rango constitucional el derecho a no ser discriminadas por el embarazo en el trabajo, a vivir sin violencia, lo reproductivo, a la maternidad segura respetando las formas propias de cada cultura, a la participación política, a existir, a no ser implícitas...
Algo que parece para el mundo patriarcal una nimiedad, para nosotros es vital: se ha abolido el lenguaje sexista en la CPE y el impacto educativo que tendrá esto será enorme.

   Artículos polémicos   

Artículo 4. El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión.

Artículo 30. Es nación y pueblo indígena originario campesino toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española. Inc ll. En el marco de la unidad del Estado y de acuerdo con esta CPE, las naciones y pueblos indígena originario campesinos gozan de los siguientes derechos: Parágrafo 2. A su identidad cultura, creencia religiosa, espiritualidades, prácticas y costumbres, y a su propia cosmovisión. 5. A que sus instituciones sean parte de la estructura general del Estado. 6. A la protección de sus lugares sagrados.   

Artículo 124. Comete delito de traición a la patria la boliviana (o) que incurra en los siguientes hechos: Inc 2. Que viole el régimen constitucional de recursos naturales. Inc 3. Que atente contra la unidad del país.

Artículo 135. La Acción Popular procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por esta Constitución. 

Artículo 411. Inc. I. La reforma total de la Constitución, o aquella que afecte a sus bases fundamentales, a los derechos, deberes y garantías, o a la primacía y reforma de la Constitución, tendrá lugar a través de una Asamblea Constituyente originaria plenipotenciaria, activada por voluntad popular mediante referendo. La convocatoria del referendo se realizará por iniciativa ciudadana, con la firma de al menos el 20% del electorado; por mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional; o por el Presidente (a) del
Estado. La Asamblea Constituyente se autorregulará a todos los efectos, debiendo aprobar el texto constitucional por dos tercios del total de sus miembros presentes. La vigencia de la reforma necesitará referendo constitucional aprobatorio.

 http://www.eldeber.com.bo

 

 

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