Ruta crítica para la autonomía

Por: Roberto Ruiz Bass Werner *
Según la disposición transitoria segunda, la futura Asamblea Legislativa Plurinacional sancionará en seis meses estas leyes fundamentales.
A estas alturas resulta por demás claro que la ruta crítica para instalar el régimen autonómico en los departamentos que optaron por éste en el referendo del 2 de julio de 2006 pasa por la adecuación al nuevo marco legal de sus estatutos autonómicos (EA) —aprobados en sendos referendos departamentales— y sujetarlos luego al control de constitucionalidad correspondiente.
Esto obliga al diseño de una estrategia que mida los tiempos políticos y los cronogramas electorales en curso: enero de 2009, el referendo ratificatorio y dirimitorio de la nueva Constitución Política del Estado (CPE); en diciembre de 2009, las elecciones de Presidente, Vicepresidente y Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y, en abril de 2010, la elección de autoridades departamentales y municipales.
Tanto el referendo de julio de 2006 como la disposición transitoria tercera del proyecto de nueva CPE establecen que estos departamentos accederán directamente al régimen de autonomías departamentales apenas ésta sea promulgada. Esto implica que, en febrero de 2009, Tarija, Santa Cruz, Beni y Pando deberían contar con una propuesta modificada de estatutos autonómicos, lista para el control de constitucionalidad.
¿Podrá el actual Tribunal Constitucional realizar este control o se deberá esperar a que la próxima ALP apruebe la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización?
Según la disposición transitoria segunda, la futura ALP sancionará en seis meses, entre otras, estas dos leyes fundamentales. Si a esto le sumamos la preselección y elección de autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional, llegamos fácilmente a diciembre de 2010… pero en abril elegimos gobernadores y asambleas departamentales en el marco de nuestros estatutos autonómicos. ¡Vaya complicación!
La respuesta entonces es obvia: 1) el Congreso debe sancionar también un nuevo régimen electoral provisional para la elección de las asambleas departamentales y los gobernadores en los cuatro departamentos y 2) el Congreso debe restablecer rápidamente el pleno funcionamiento del actual Tribunal Constitucional y este órgano es el que debe realizar el control respectivo de constitucionalidad en el periodo que va de febrero 2009 a febrero 2010.
Si logramos establecer en el Congreso consensos alrededor de esta ruta crítica, el desafío se traslada a las regiones: ¿quiénes, cómo y cuándo adecuamos los estatutos autonómicos a la nueva CPE?
¿Quiénes? En el caso tarijeño: los miembros de la Asamblea Autonómica Provisional, a la cabeza del Prefecto, instancia que levantó las firmas suficientes para que la Corte Departamental Electoral acceda a organizar el referendo de junio 2008 y que organizó y sistematizó el debate departamental.
¿Cómo? Una simple inspección comparativa del diseño institucional, principios y competencias equivalentes contenidos en el Estatuto tarijeño y en el proyecto de nueva CPE nos muestran que menos de un 10% de modificaciones serán necesarias para esta adecuación.
¿Cuándo? Estamos a 79 días del referendo constitucional y el tiempo apremia. Si logramos concertar la estrategia en las próximas semanas y avanzar lo suficiente en la construcción de acuerdos y definiciones institucionales, Tarija podría ser el primer departamento autónomo de Bolivia e iniciar así, junto con sus municipios y pueblos indígenas, el largo camino hacia un verdadero desarrollo humano, integral, solidario y sostenible, de sus habitantes.
* Senador de Podemos
Democracia, Equidad y Desarrollo


















